Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
El pasado 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Dicha publicación marca un cambio significativo en el marco normativo de transparencia y protección de datos personales en México. Como parte de este proceso, se derogó la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares anteriormente vigente, dando paso a una nueva legislación con el mismo nombre.
Artículos transitorios y plazos de implementación
El Decreto establece diversos plazos para la implementación de las nuevas disposiciones, entre los aspectos más relevantes de los artículos transitorios destacan:
Entrada en vigor: La nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares entró en vigor el 21 de marzo de 2025.
Procedimientos anteriores: Los procedimientos iniciados con aterioridad a la entrada en vigor frente al INAI, deberán desahogarse ante la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno conforme a las normas vigentes al momento de su inicio.
Reformas pendientes: El Ejecutivo Federal deberá expedir las reformas a los reglamentos y normativas aplicables, incluido el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la nueva ley.
Transición en los medios de defensa: El Poder Judicial de la Federación deberá habilitar Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito especializados en acceso a la información pública y protección de datos personales dentro de un plazo máximo de 120 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto. Los juicios de amparo en estas materias que se encuentren en trámite serán remitidos a dichas instancias para su resolución. Asimismo, los plazos y términos procesales de estos juicios quedarán suspendidos por un periodo de 180 días naturales contados desde la entrada en vigor del Decreto.
Recomendaciones para las empresas y sujetos regulados
Dado el impacto de estas modificaciones, es fundamental que, una vez publicado el nuevo Reglamento, todas las personas que tratan datos personales tomen las medidas siguientes:
- • Actualizar sus manual o política en la materia.
- • Revisar y modificar los avisos de privacidad para cumplir con los estándares actualizados.
- • Capacitar al personal sobre los cambios y obligaciones en el tratamiento de datos personales.
- • Implementar, actualizar y/o reforzar medidas de seguridad.
- • Desarrollar un plan de respuesta ante incidentes de seguridad.
- • Revisar su nivel de cumplimiento con el resto de las obligaciones en la materia.
La entrada en vigor de las nuevas normas y la desaparición del INAI representa un reto importante para los responsables del tratamiento de datos personales en México. Su correcta implementación permitirá fortalecer la confianza de los titulares en el manejo de su información y evitar sanciones derivadas de incumplimientos.
Para cualquier asesoría y apoyo en la implementación de estas nuevas disposiciones, no dudes en contactarnos.